viernes, 16 de diciembre de 2011

La defensa de los Servicios Públicos y su reforzamiento en los momentos de crisis

Existe un discurso desde determinados sectores que intenta desprestigiar a los empleados públicos ante los ciudadanos, afirmando que son muchos, trabajan poco, no son productivos y tienen un estatus privilegiado por contar con un empleo estable. Sin embargo, los empleados públicos resultan no solo necesarios, sino imprescindibles.

Así lo refleja este extracto del informe sobre “La defensa de los Servicios Públicos y su reforzamiento en los momentos de crisis” que UGT presentó el pasado mes de octubre en la sede del Consejo Económico y Social (CES), donde se demuestra que el volumen de empleados públicos en nuestro país tiene margen de crecimiento y sus condiciones no son tan privilegiadas como se quiere hacer creer.

En este sentido, en las administraciones públicas, la temporalidad es muy elevada, en torno al 24%, de forma que una de cada cuatro personas asalariadas en el sector público no tiene empleo estable. Esta cifra se ve incrementada en algunos sectores, como la Educación, la Sanidad o la Administración Local, donde puede superar el 35%. Si a ello le añadimos que muchos de ellos perciben alrededor de 1000 euros al mes, el perfil del trabajador privilegiado desaparece.

Además, en España, la población empleada en el sector público es inferior al 10%, mientras que la media de la Europa de los 15 es del 16% (en Grecia y Reino Unido es del 14%, en Francia se alcanza el 17% y en Dinamarca el 25%), con un gasto público total inferior al resto de los países de la Unión Europea, siendo el país que menos gasta en salarios de los empleados públicos.

Por todo ello, desde UGT defendemos el papel de los empleados públicos y rechazamos las campañas de desprestigio hacia los trabajadores que prestan servicio a los ciudadanos en el ejercicio de sus derechos y en situaciones de necesidad, como es el caso de los que cuidan a los enfermos y a los mayores, que educan a los niños, jóvenes y adultos, que garantizan la seguridad y la justicia o que desempeñan las funciones de socorro y responden en situaciones de emergencia.



Extracto extraido del documento de UGT, "La defensa de los Servicios Públicos y su reforzamiento en los momentos de crisis"


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miércoles, 7 de diciembre de 2011

Creación de base de datos para control horario y reforma de la orden de interinos

El Ministerio nos ha dado traslado para alegaciones de su proyecto de reforma de la orden de interinos; norma básica sobre selección, propuesta y nombramiento del personal interino así como de la orden por la que se regula la creación de los ficheros automatizados para poner en marcha los sistemas de control horario.

Si queréis consultar los documentos, mandarnos un email a ugtjusticiabaleares@yahoo.es o bien a oscarjusticia@hotmail.com y os lo reenviaremos.


Según informa la administración, el documento será objeto de negociación a lo largo del próximo año.
En todo caso, teniendo en cuenta que dentro de unos 15 días se renovarán los cargos del ministerio, habrá que ver si el nuevo gobierno mantiene este proyecto o presenta otro diferente.

Siguiendo con la línea de participación y apertura con la afrontamos este tipo de negociaciones, todos/as aquellos/as que queráis hacernos llegar alegaciones al documento podéis remitírnoslas antes del próximo 23 de diciembre.

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miércoles, 16 de noviembre de 2011

PUBLICACION LISTADO PROVISIONAL BOLSAS INTERINOS

En el día de hoy se han publicado los listados provisionales de las Bolsas de Interinos del Ministerio de Justicia en les Illes Balears.

Los listados los podéis consultar en la página web del Ministerio de Justicia, accediendo a la pestaña de empleo público, bolsas de interinos.

Más información en la sección sindical.


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miércoles, 9 de noviembre de 2011

Resumen reunión sobre revisiones medicas

martes, 8 de noviembre de 2011

Fiestas locales 2012

En el BOIB de 29 de octubre se han publicado los festivos correspondientes a las fiestas locales y que se añaden a los autonómicos y estatales.

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miércoles, 26 de octubre de 2011

Prórroga del seguro de los mutualistas de justicia

La gerente de la Mutualidad General Judicial (MUGEJU), Celima Gallego, y los responsables de las entidades médicas Asisa, Caser, DKV, Mapfre, Sanitas y Segurcaixa Adeslas, que actualmente tienen concierto con MUGEJU, han suscrito hoy un acuerdo por el que prorroga el seguro de los mutualistas de la Administración de Justicia para 2012.

Este acuerdo, fruto de una intensa negociación y marcado por la austeridad presupuestaria, mantiene el umbral asistencial para todo el colectivo de la Administración de Justicia (asistencia sanitaria, farmacéutica y diversas prestaciones económicas y sociales).

La contención del gasto farmacéutico derivado de las recientes medidas de ahorro impulsadas por el Gobierno ha permitido un aumento de la prima de un 1,03 por ciento, así como hacer frente a un notable incremento del colectivo protegido.

En consecuencia, en 2012 se mantienen las mismas condiciones contractuales, asegurando a los mutualistas un amplio abanico de elección entre seis compañías, más allá del que disponen las otras mutualidades de funcionarios, lo cual es una seña de identidad del modelo del mutualismo administrativo.

El colectivo de la Administración de la Justicia podrá optar en el próximo mes de enero por recibir la asistencia sanitaria a través de cualquiera del as citadas compañías o a través de los servicios de salud de las comunidades autónomas.

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lunes, 24 de octubre de 2011

PUBLICACION BOLSAS PROVISIONALES INTERINOS BALEARES

En la reunión mantenida en el día de hoy en la Gerencia Territorial del Ministerio de Justicia en Illes Balears, nos han informado de los siguientes puntos de interés:

  • Se han presentado 9.700 instancias que ya están baremadas.
  • Están puliendo los últimos detalles y esperan publicar los listados provisionales en un plazo máximo de 15 días, de lo que os informaremos puntualmente.
  • Según lo informado en la Comisión se mantendría el mismo número de integrantes de las bolsas que en la vigente convocatoria.
  • Todas las personas que cumplan los requisitos y no tengan puntos suficientes para estar en bolsa se integrarían en el cupo de reserva, que solo se utilizaría en el caso de agotarse la bolsa.


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jueves, 20 de octubre de 2011

Resolución definitiva concurso de Traslado

Tenemos a vuestra disposición las adjudicaciones definitivas del Concurso de Traslado. Más información en vuestra sección sindical.
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viernes, 14 de octubre de 2011

Publicada la Ley de medidas de agilización procesal

Ley 37/2011, de 10 de octubre, de medidas de agilización procesal.


Algunos aspectos de la reforma:


La Ley que ahora se presenta continúa la línea de reformas procesales iniciada, tratando ahora de introducir mejoras que permitan agilizar los distintos procedimientos, sin merma de las garantías para el justiciable


El objeto de la Ley es incorporar determinadas medidas de agilización procesal en los órdenes civil, penal y contencioso-administrativo que obedecen al propósito común de suministrar a nuestros tribunales instrumentos procesales óptimos para la gestión procesal.


En el orden penal, se introducen ciertas modificaciones inexcusables, exigidas por la nueva situación derivada de la reforma operada en el Código Penal por la Ley Orgánica 5/2010, de 22 de junio, y relativas a las implicaciones procesales del régimen de responsabilidad penal de las personas jurídicas.


En el orden contencioso-administrativo se modifican determinados preceptos relativos a la prueba para reducir trámites y dotar de mayor agilidad a esta fase del proceso.


En el orden civil, entre otras medidas, se incluye expresamente dentro del concepto de costas del proceso el importe de la tasa por el ejercicio de la potestad jurisdiccional, al tratarse de un gasto necesario para demandar. Se excluye el recurso de apelación en los juicios verbales por razón de la cuantía, cuando ésta no supere los 3.000 euros, tratando con ello de limitar el uso, a veces abusivo, y muchas veces innecesario, de instancias judiciales.En el ámbito de los recursos, se suprime el trámite de preparación de los recursos devolutivos.


NOTA: esta reforma se suma a la de las leyes concursal y de procedimiento laboral publicadas el mismo día en el BOE

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jueves, 29 de septiembre de 2011

A TIJERETAZO LIMPIO

Los ataques contra los servicios públicos no cesan y se ceban ahora con la destrucción de puestos de trabajo. Distintas Comunidades autónomas han adoptado ya acuerdos para dejar de contratar funcionarios interinos así como para finalizar contratos en institutos y empresas públicas (ej 29 despidos en el IMFOF).

En el ámbito de Baleares, el recorte impuesto por el govern de JR Bauza, supone que no se pueda contratar personal interino o laboral hasta 2013 y además deja en la cuerda floja a unos 4.500 interinos que verán como no se renuevan sus contrataciones al finalizar el plazo o que incluso podrán ser cesados directamente. Acuerda asimismo la reincorporación al puesto de trabajo de 89 liberados sindicales (cesando a otros tantos interinos) y dificultando seriamente la defensa de nuestros derechos como empleados públicos.

Medidas adoptadas en una campaña continua de descrédito contra la función pública, deslegitimando constantemente nuestra función vertebradora para mantener el Estado social y democrático de derecho.

Lo ocurrido en Baleares, no es aislado, sino que se está repitiendo con mayor o menor intensidad en comunidades como Galicia, Madrid o Catalunya, y que deja un muy mal precedente para el gobierno que salga tras las elecciones generales del 20 de noviembre.

Es momento de entender lo que nos estamos jugando, dejarnos de divisiones y aunar esfuerzos para defender nuestros trabajos, de los servicios públicos y del futuro de nuestros hijos.

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Manifestación 6 de Octubre

jueves, 22 de septiembre de 2011

SALUD LABORAL EN LA JUSTICIA BALEAR

Este martes tuvo lugar una reunión del Comité de Seguridad y salud de la Administración de Justicia en Baleares.
La reunión tenía por objeto informarnos de que el Ministerio de Justicia (desde donde se centraliza la gestión de la prevención de riesgos laborales), había contratado un servicio externo para gestionar la prevención de riesgos laborales (Para Baleares se ha adjudicado a la entidad MGO SA por 56.327 euros.), tratándose los siguientes temas que intentamos resumiros:

REVISIONES MÉDICAS PERIÓDICAS

Adjudicada el servicio toca ponerlo en marcha y se inicia con las REVISIONES MÉDICAS del personal al servicio de la administración de justicia (incluye tanto a personal funcionario titular e interino como laboral).

Para ello, a lo largo de este mes, los secretarios judiciales, fiscales y resto de responsables de personales, deberán facilitaros una hoja para cubrir y decidir si queréis pasar la revisión (cuyo resultado es confidencial y solo conoceréis vosotros) o si renunciáis a ella.

¿Por qué tengo que cubrir la hoja? Porque esta revisión periódica que se pone en marcha es voluntaria para el trabajador, el que quiere la hace y el que no, no. Y esta es la manera de dejar constancia de que se ha ofrecido la opción de hacerlo o no.

Desde UGT llevamos años luchando y exigiendo a la Administración que ponga en funcionamiento medidas en el ámbito de la salud laboral, entre ellas, estas revisiones médicas, ya que creemos que es un elemento fundamental para evaluar nuestras condiciones de trabajo y poder tomar medidas correctoras. Por lo que recomendamos la práctica de la revisión.

Sobre el contenido exacto de en que consistirá la revisión, podemos anticiparos que se practicarán las habituales pruebas de vista, sangre, orina y preguntas sobre la situación laboral, si bien debería ampliarse ya que desde la UGT se ha pedido, y así se ha acordado por el Comité de seguridad y salud, que se celebre una nueva reunión con los representantes de la entidad que tiene que hacer las revisiones para tratar de incluir pruebas específicas relacionadas con nuestros puestos de trabajo así como con la presión laboral que soportamos (Ej.: el porteo de documentos y paquetes, el estrés laboral, el uso de productos químicos, etc.).


EXAMEN MÉDICO TRABAJADORES DE NUEVO INGRESO

Dentro de los servicios que prestará MGO SA está el examen médico de los funcionarios y laborales de nuevo ingreso en nuestra Administración que hasta ahora no se estaba haciendo.

Por la Gerencia se ha reiterado en varias ocasiones, que dicho examen médico solo se realizará a funcionarios "nuevos", entendiendo por tales aquellos que nunca hayan trabajado en justicia, por lo que si un interino cesa y es nombrado otra vez, no tendrá que pasar estas revisiones.


EVALUACIÓN DE RIESGO EN LOS EDIFICIOS JUDICIALES

Como recordareis, hace escasas fechas tuvo lugar una evaluación de riesgos en el edificio judicial de Sa gerrería debido al accidente laboral ocurrido (desprendimiento de una ventana sobre una trabajadora).
Teníamos acordada la revisión urgente de la situación de otros tres edificios judiciales, si bien por la administración se ha informado (y remarcamos informar porque no hubo forma de negociar nada), de que las revisiones de los edificios se

decidirán directamente en Madrid teniendo en cuenta la realidad presupuestaria y las necesidades de cada territorio, insinuándose además que visto que en Baleares ya se había evaluado un edificio, posiblemente tardaríamos en revisar los demás.
Postura de la administración incompresible para la UGT ya que de nada vale a un funcionario de Manacor o ciutadella, que se haya hecho una revisión en un edificio de Palma.

La contestación es que es decisión de que revisar la toma el Ministerio en Madrid y que la gerencia no tiene competencias para decidir.

Respecto al informe sobre la evaluación de riesgos de Sa gerrería, existe un primer borrador, que la gerencia no ha querido entregarnos y solo hemos podido ver allí (eran unos 400 folios de datos), nos informaron de que se devolvió a la empresa por considerar que el informe debe ampliarse. Eso sí, recogía ya deficiencias en cuanto a iluminación por ejemplo.


TRASLADO DE LOS JZDOS DE LO CONTENCIOSO DE PALMA

El Gerente ha informado de que entre finales de octubre y principios de noviembre está previsto el traslado de los juzgados de lo contencioso de cort a un nuevo edificio situado junto a via Alemania (detrás del INSS).

Por UGT se pidieron los informes previos de evaluación del edificio para examinar si se puede entrar a trabajar en ellos o no manifestándose por la Gerencia de que no disponen de esos documentos.

Por UGT se recordó a la Gerencia que es obligatorio evaluar las dependencias antes de abrirlas, obteniéndose como nueva respuesta que ni se dispone del informe ni se va a hacer, ante lo que desde UGT nos reservamos las acciones legales oportunas.


TEJADO DE VIA ALEMANIA

Ante el estado de la techumbre de los juzgados de vía Alemania en Palma, el Ministerio ha contratado desde Madrid una empresa de asistencia técnica que esta preparando el cambio de todo el tejado. No existe fecha

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lunes, 19 de septiembre de 2011

Defendamos el Empleo y el Estado de Bienestar

Este pasado viernes tuvo lugar una asamblea de delegados y delegadas en la sede de la UGT en Palma, para informar de la decisión del Govern de les Illes Balears de liquidar a los liberados sindicales, decisión tras la cual se esconde un ataque frontal a los empleados y empleadas públicos y a los servicios públicos en general y en la que se ha informado de la campaña confederal de defensa del empleo y del estado de bienestar

Reproducimos la información facilitada en la asamblea para ser distribuida por los centros de trabajo

La gestión de la crisis económica por los estamentos políticos europeos y españoles ha dado prioridad a los intereses de los poderes económicos frente a los ciudadanos. Hace más de tres años que los ciudadanos asistimos a un paulatino desmantelamiento de los sistemas de protección y cohesión social.

No podemos aceptar que la economía tenga como prioridad la reducción del déficit público antes que la creación de empleo.

No podemos aceptar que el inmovilismo de los gobiernos europeos para acometer la regulación de los mercados y los poderes financieros que han provocado la crisis, y la arrogante diligencia con la que acometen el desmantelamiento del patrimonio público que constituyen los servicios y prestaciones públicas, y el marco de derechos ciudadanos para participar en las decisiones que les afectan, desde la política hasta las empresas.

Han tenido tiempo de probar sus políticas de recorte, y el resultado es el más absoluto fracaso: los ciudadanos se empobrecen, las sociedades se empobrecen.

La Unión General de Trabajadores considera que estamos a tiempo de cambiar ese estado de cosas, reclamando por cuantas vías sean necesarias el derecho a decidir el tipo de sociedad en el que queremos vivir que no es la del gobierno de los mercados.

Hay otras políticas y otras opciones.


1. IMPUESTOS JUSTOS, PROGRESIVOS Y PARA TODOS
España ha rebajado su presión fiscal 6,6 puntos en el periodo 2007-2009, más que ningún otro país de la OCDE (Alemania la incrementó un punto).

Es necesario reforzar la estructura de ingresos del Estado, recuperando impuestos suprimidos y apostando por una mayor recaudación basada en la progresividad fiscal, a la vez que se combate con mayor determinación y medios el fraude fiscal que lastra nuestra economía alcanzado tasas que prácticamente duplican la media de la Unión Europea. ¿Es de justicia que empresas multinacionales con millones de beneficios provenientes del consumo de los ciudadanos queden exentas de pagar impuestos gracias a las normas fiscales?

2. SANIDAD PÚBLICA, UNIVERSAL Y EQUITATIVA
Tres de cada cuatro ciudadanos está muy satisfecho con nuestro sistema sanitario; 91 de cada 100 quiere que tenga gestión y financiación pública.

Los poderes democráticos deben, en consecuencia, resolver los problemas de gestión del sistema, no cambiarlo. El sistema sanitario español se financia con los impuestos que pagamos los ciudadanos, y UGT rechaza cualquier forma de pago adicional, que no sería un copago sanitario, sino un repago.

3. MANTENIMIENTO DE LOS SERVICIOS Y PRESTACIONES SOCIALES
La pobreza aumentó en España 1,3 puntos en 2010, el incremento más importante desde que se registran este tipo de datos. y está creciendo la desigualdad: en 2009 la renta de la población con más ingresos era seis veces superior a la de la población con menos ingresos, mientras que en la UE-27 esa diferencia era de 4,9 veces. La esperanza de vida saludable en nuestro país ha pasado de 68 años en 2000 a 62,3 años en 2009. Estos baremos y algunos otros empeorarán si persisten los recortes en los servicios y prestaciones públicos.

España necesita mantener los servicios y prestaciones sociales para evitar que la crisis nos aboque a una quiebra social injustificable, buscando un amplio consenso social que, al igual que hemos hecho con el sistema público de pensión, blinde nuestro sistema de protección social.

4. EDUCACIÓN UNIVERSAL, GRATUITA E INTEGRADORA
El desarrollo humano y económico de un país, la formación en valores de sus ciudadanos, depende de su sistema educativo. Reclamamos el afianzamiento de un sistema de educación eminentemente público, incluyente, garante de la cohesión social y de la igualdad de oportunidades, y comprometido con la formación y especialización profesional que exige aspirar a una economía avanzada.

5. CREACIÓN DE EMPLEO Y DERECHOS LABORALES
Competir con las economías emergentes (China, Brasil, India, etc.) exige a las economías europeas, y a España en particular, transformar nuestra economía para hacerla más competitiva. Con más industria, empresas más fuertes, más inversión y avances tecnológicos, más eficiencia en el uso de la energía, mayor sostenibilidad ambiental, y trabajadores mejor cualificados y con mejores condiciones de trabajo.

Mantener un modelo económico basado en bajos salarios (más de seis millones de trabajadores españoles ganan menos de 1.000 euros), precariedad laboral, escasa cualificación, poca inversión empresarial y menos internacionalización, es inaceptable para un país que aspire a tener un lugar de relevancia en la economía mundial. Una economía competitiva necesita empresas capaces de hacer corresponsables a los trabajadores de esos retos de crecimiento, y eso no se logra cercenando sus derechos a la información, consulta y participación en las decisiones que les afectan.

Un sistema equilibrado de negociación colectiva es la única fórmula capaz de conjugar competitividad y protección de las condiciones de trabajo. Y es, además, el mejor sistema para seguir promoviendo las políticas de igualdad en el mercado de trabajo



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Convocatoria nuevas bolsas interinos Valladolid

La Gerencia Territorial del Ministerio de Justicia en Valladolid pretende, según informan los compañeros de UGT de Castilla León, convocar la nueva bolsa de interinos del 26 de septiembre, y se podrá pedir hasta el 10 de octubre. Se elevará el cupo de interinos titulares por encima de lo que permite la orden; para lo cual hay que pedir permiso al Ministerio. El cupo de reservas estará constituido por el resto de las instancias presentadas.

Las dos convocatoria para poder acceder a la bolsa serán las del 2008 ó 2010 (solo es necesario haberse presentado a una de ellas)

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domingo, 18 de septiembre de 2011

Nueva sentencia del TJUE

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha dictado una nueva sentencia en aplicación del principio de no discriminación entre trabajadores fijos y temporales conforme a la cláusula 4ª del Acuerdo marco suscrito entre la parte sindical CES, la UNICE y el CEEP sobre el trabajo de duración determinada (posteriormente plasmado en la Directiva 1999/70/CE).

Con esta sentencia, el TJUE, interpreta que los servicios prestados como personal interino deben tenerse en cuenta a la hora de computar el tiempo para la promoción interna, ya que lo contrario supondría discriminar entre titulares e interinos sin causa justificada.

En términos de la propia sentencia:

“La cláusula 4 del Acuerdo marco, que tiene efecto directo, impone, por lo que respecta a las condiciones de trabajo y a los criterios de antigüedad relativos a las condiciones de trabajo, la prohibición de tratar a los trabajadores con un contrato de duración determinada de una manera menos favorable que a los trabajadores fijos comparables por el mero hecho de tener un contrato de duración determinada”

“la cláusula 4 del Acuerdo marco debe interpretarse en el sentido de que se opone a que los períodos de servicio cumplidos por un funcionario interino de una Administración Pública no sean tenidos en cuenta para el acceso de éste, que entre tanto ha tomado posesión como funcionario de carrera, a una promoción interna en la que sólo pueden participar los funcionarios de carrera, a menos que dicha exclusión esté justificada por razones objetivas, en el sentido del apartado 1 de dicha cláusula. El mero hecho de que el funcionario interino haya cumplido dichos períodos de servicio sobre la base de un contrato o de una relación de servicio de duración determinada no constituye tal razón objetiva

¿Puedo entonces opositar directamente por el turno de promoción interna si soy interino? La sentencia no dice eso. Lo que se establece es que una vez que se accede a la condición de funcionario de carrera (titular) y se desea promocionar desde ese puesto titular a otro superior, el tiempo que se ha trabajado como interino debe ser contado.

Puedes consultar por ti mismo/a la sentencia registrada con el número:
c-177/10 de la sala Segunda del TJUE, de 8 de septiembre de 2011

lunes, 12 de septiembre de 2011

Nuevo Sistema de Inspección

Se ha dictado la Instrucción 3/2011 por la Secretaría General de la Administración de Justicia relativa al Sistema de Inspección de las Secretarías de Gobierno y servicios responsabilidad de los Secretarios Judiciales.

Esta Instrucción supone el fin del proceso de definición del Sistema de Inspección en el que ha trabajado, a lo largo del último año, el Ministerio de Justicia dando cumplimiento a lo establecido en la LOPJ y el ROCSJ con relación a la Actividad Inspectora y culminando el Plan de Modernización de la Administración de Justicia.

Se ha establecido una metodología de trabajo basada en la planificación y programación y un calendario de actuación que se iniciará antes de que finalice este año 2011.

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miércoles, 7 de septiembre de 2011

Concentraciones contra esta reforma constitucional

Decenas de miles de ciudadanos se manifestaros ayer en diversas ciudades españolas contra la reforma de la Constitución, aprobada por el Congreso y que introduce una limitación del déficit, y para exigir la celebración de un referéndum que posibilite una participación ciudadana y una determinación popular sobre esta materia

En Palma, más de 300 personas se concentraron delante de las sedes de PP y PSOE en una cadena humana de protesta frente a la reforma laboral.

El Secretario General de UGT, Cándido Méndez, participó en la manifestación de Madrid, donde subrayó que el objetivo de estas manifestaciones es muy claro “exigir que no se siga adelante con este despropósito constitucional”.

“Yo creo que no ha habido nunca una propuesta política que haya sido refutada de manera tan fulminante por la realidad en su explicación” destacó, ya que, con esta medida, en vez de tranquilizar a los mercados “parecería que han conseguido el efecto contrario, agitar aún más las aguas del mar embravecido de los mercados financieros”.

Por este motivo, Méndez se dirigió a los senadores, afirmando que “deberían de reflexionar y paralizar este proceso que no lleva a ninguna parte, más que a sumar a la crisis de la deuda una crisis de consenso institucional, cuando este país necesita justo lo contrario”.

Méndez recordó que el problema radica en la construcción europea en los problemas de Grecia, en el aumento del paro en nuestro país o en el retroceso del consumo. “Esos son los problemas que hay que resolver” resaltó, “y con este tipo de políticas no se pueden resolver”.

Para el Secretario General de UGT, “no se puede llevar a cabo esta reforma precipitada, cogiendo por los pelos el ejemplo de Alemania, porque lo que se hizo allí no tiene nada que ver, ni en el tiempo (se hizo en tres años), ni en los métodos de participación (participaron todas las Instituciones, los ayuntamientos, los Landers, todos los partidos políticos)”.

“Este es un problema de grueso calado que penetra como un cuchillo en la conciencia pública de la sociedad española que se está refutando por la propia realidad”, ha subrayado, “no se resuelve el problema de la prima de riesgo y por lo tanto la Opinión Pública española tomará buena nota y mostrará su disconformidad con este tipo de decisiones que no resuelven ninguno de los problemas sino que acumulan problemas sobre los existentes” finalizó

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lunes, 8 de agosto de 2011

Concurso traslado: lo que cuesta llegar

Para ampliar la información pincha sobre las imágenes siguientes:







domingo, 7 de agosto de 2011

Permiso por cuidado de hijo menor afectado por cáncer u otra enfermedad grave

En el Boletín Oficial del Estado número 184, de 2 de agosto de 2011, se publicó la Ley 27/2011, de 1 de agosto, de actualización, adecuación y modernización del sistema de Seguridad Social (reforma de las pensiones), y entre sus disposiciones, la Disposición Final 2ª da una nueva redacción al art. 49, e) del EBEP respecto al permiso por cuidado de hijo menor afectado por cáncer u otra enfermedad grave.


Disposición final segunda. Modificación de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.
Se da nueva redacción a la letra e) del artículo 49 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, que tendrá la siguiente redacción:


«e) Permiso por cuidado de hijo menor afectado por cáncer u otra enfermedad grave: el funcionario tendrá derecho, siempre que ambos progenitores, adoptantes o acogedores de carácter preadoptivo o permanente trabajen, a una reducción de la jornada de trabajo de al menos la mitad de la duración de aquélla, percibiendo las retribuciones íntegras con cargo a los presupuestos del órgano o entidad donde venga prestando sus servicios, para el cuidado, durante la hospitalización y tratamiento continuado, del hijo menor de edad afectado por cáncer (tumores malignos, melanomas o carcinomas) o por cualquier otra enfermedad grave que implique un ingreso hospitalario de larga duración y requiera la necesidad de su cuidado directo, continuo y permanente acreditado por el informe del servicio Público de Salud u órgano administrativo sanitario de la Comunidad Autónoma o, en su caso, de la entidad sanitaria concertada correspondiente y, como máximo, hasta que el menor cumpla los 18 años.


Cuando concurran en ambos progenitores, adoptantes o acogedores de carácter preadoptivo o permanente, por el mismo sujeto y hecho causante, las circunstancias necesarias para tener derecho a este permiso o, en su caso, puedan tener la condición de beneficiarios de la prestación establecida para este fin en el Régimen de la Seguridad Social que les sea de aplicación, el funcionario tendrá derecho a la percepción de las retribuciones íntegras durante el tiempo que dure la reducción de su jornada de trabajo, siempre que el otro progenitor, adoptante o acogedor de carácter preadoptivo o permanente, sin perjuicio del derecho a la reducción de jornada que le corresponda, no cobre sus retribuciones íntegras en virtud de este permiso o como beneficiario de la prestación establecida para este fin en el Régimen de la Seguridad Social que le sea de aplicación. En caso contrario, sólo se tendrá derecho a la reducción de jornada, con la consiguiente reducción de retribuciones.

Asimismo, en el supuesto de que ambos presten servicios en el mismo órgano o entidad, ésta podrá limitar su ejercicio simultáneo por razones fundadas en el correcto funcionamiento del servicio.

Reglamentariamente se establecerán las condiciones y supuestos en los que esta reducción de jornada se podrá acumular en jornadas completas.»

Disposición final duodécima. Entrada en vigor.
1. La presente Ley entrará en vigor el día 1 de enero de 2013 salvo:
a) Las disposiciones adicionales primera, segunda, tercera, séptima, decimocuarta, decimoquinta, decimosexta, decimoséptima, vigésima segunda, vigésima tercera, vigésima quinta, trigésima, trigésima primera, trigésima segunda, trigésima tercera, trigésima quinta, trigésima sexta, trigésima séptima, trigésima novena, cuadragésima segunda y cuadragésima quinta, así como las disposiciones finales segunda, tercera, quinta, sexta y apartados uno, dos, tres, cuatro y cinco de la disposición final séptima, que entrarán en vigor en la fecha de publicación de la Ley en el «Boletín Oficial del Estado».



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miércoles, 3 de agosto de 2011

Informaciones varias

CONCURSO DE TRASLADO ORDINARIO
El Ministerio ha confirmado la publicación en el BOE de este viernes, día en que colgará en su web las adjudicaciones (previsiblemente mañana ya circulen las adjudicaciones)

COMISIONES DE SERVICIO EN EUSKADI
El gobierno vasco ha publicado la oferta de plazas en comisión de servicio en Euskadi con un plazo de presentación de instancias del 1 al 15 de agosto (modelos de instancia e información en la pagina de la Administración de Justicia en Euskadi, www.justizia.net)

CONVOCADO CONCURSO ESPECÍFICO PARA MEDICOS FORENSES
En el BOE de hoy miércoles, 3 de agosto, se publica el concurso específico de méritos para la provisión de puestos de trabajo singularizados en el IML entre funcionarios del cuerpo de médicos forenses.

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lunes, 1 de agosto de 2011

Ultima hora concurso

El Ministerio de Justicia ha remitido el siguiente comunicado:

En relación al Concurso de traslado de 2011, anunciado con fecha 28 de abril de 2011, que la Resolución Provisional, del concurso se publicará en la página del Ministerio el viernes día 5 de agosto.

El plazo para presentar alegaciones se contará desde el día siguiente a la publicación de la resolución provisional hasta el día 10 de Septiembre.

Resolución Difinitiva se realizará en la segúnda Quincena de Octubre

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jueves, 28 de julio de 2011

La nueva ley concursal al Senado

Tras la publicación de las leyes sobre tecnologías de la comunicación e información en Justicia, registro civil y reforma de la ley de enjuicimiento civil así como la aprobación de los proyectos de ley sobre reforma de la jurisdicción social, de la jurisdicción penal y de los tribunales de instancia, ahora el Congreso remite ya al senado la reforma de la Ley concursal.


La Comisión de Justicia del Congreso de los Diputados ha dado luz verde al Proyecto de Ley de reforma de la Ley Concursal, que será enviada al Senado.

La futura ley, que perfecciona la reforma efectuada mediante Real Decreto-Ley 2/2009, de 27 de marzo, de medidas urgentes en materia tributaria, financiera y concursal, tiene por objetivo la agilización, simplificación y abaratamiento del procedimiento concursal; la profundización de las alternativas al concurso a través de los institutos preconcursales y la rectificación de algunos aspectos de la actual regulación que han generado problemas prácticos y dudas interpretativas


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miércoles, 27 de julio de 2011

La brecha salaria entre hombres y mujeres sigue existiendo

Las diferencias salariales entre hombres y mujeres se incrementan enormemente en el trabajo a tiempo parcial con respecto al empleo de jornada completa.

Ésta es una de las conclusiones de UGT tras analizar los últimos datos de la Encuesta de Estructura Salarial. Unos datos que revelan que la brecha salarial en nuestro país no sólo no se reduce sino que tiende a incrementarse. Así, el salario medio femenino, en 2009, fue el 78% del masculino, una décima más baja que el año anterior; el 15,2% de las mujeres tuvo ingresos salariales menores o iguales que el salario mínimo interprofesional, frente al 5,6% de los hombres y, por el contrario, es mayor el porcentaje de hombres que presentan unos ingresos cinco veces superiores al SMI que el de mujeres (9,81%, frente al 4,77%).

UGT insta a reducir las diferencias retributivas entre hombres y mujeres a través de la negociación colectiva. Unas diferencias que se dan, en mayor o menor medida, independientemente de la edad, del tipo de trabajo y cualificación.

El salario medio anual en la jornada a tiempo completo, en 2009, superó más de dos veces a la ganancia media anual a tiempo parcial (25.057 euros, frente a 10.307). Según el análisis realizado por UGT sobre la última encuesta de Estructura Salarial publicada por el INE, la ganancia de las mujeres que trabajan a tiempo completo se situó en el 86,3% del salario medio de los hombres (26.523 euros para ellos por 22.898 euros para ella) y la ganancia media anual de las mujeres que trabajan a tiempo parcial se situó en un 87,8% respecto al salario masculino (11.247 euros para ellos por 9.872 euros para ellas). Sin embargo, la mayor diferencia salarial entre hombres y mujeres se observa en la ganancia media por hora trabajada a tiempo parcial, pues las mujeres cobran un 76,1 por ciento de lo que cobran los hombres por hora trabajada con este mismo tipo de jornada. En ese sentido observamos cómo, no solo existen diferencias en el salario medio global que perciben las mujeres respecto de los hombres con contratos a tiempo parcial, sino que es en la propia retribución por hora trabajada donde se concentra la mayor diferencia salarial, en un ámbito que, además, concentra a un elevadísimo número de trabajadoras.

Por otro lado, los hombres con contrato indefinido ganaron un 19,7% más que el salario medio anual, mientras que los que tuvieron contrato de duración determinada percibieron un 23,2% menos que el salario medio. En cualquiera de los dos casos -contrato indefinido, o contrato de duración determinada- el salario de las mujeres fue inferior a la media nacional (en el caso del contrato de duración determinada la diferencia con respecto al salario medio anual fue del 28,9%, frente al 23,2% de los hombres, tal y como se ha indicado antes). No obstante, la brecha salarial en los contratos de duración determinada se reduce.

Por tramos de edad el salario de las mujeres es inferior al de los hombres. Esto ocurre también con las mujeres jóvenes que tienen una mejor formación.

Además, las mujeres cobran menos que los hombres independientemente del escalafón profesional que ocupen y de la actividad que desarrollen.

Por Comunidades Autónomas, las mayores divergencias de ganancias entre mujeres y hombres se dieron en la Comunidad Foral de Navarra (72,8%) y la Comunidad de Madrid (75,2%), precisamente dos de las regiones donde los salarios son más elevados (presentan una ganancia media anual superior a la media nacional). Por el contrario, Canarias y Extremadura, dos de las comunidades donde los salarios son más bajos, tienen la menor brecha salarial, las mujeres perciben el 87,2% del salario medio de los hombres en Canarias y 86,8% Extremadura.

A la vista de todos estos datos, UGT apuesta por seguir trabajando para reducir las diferencias retributivas a través de la negociación colectiva, denunciando las situaciones de desigualdad que se producen en las empresas y reivindicando nuevos derechos legales que permitan alcanzar la igualdad retributiva por trabajos de igual valor

martes, 26 de julio de 2011

Anteproyecto de nueva LECRIM

El Consejo de Ministros ha aprobado el anteproyecto de la nueva ley de enjuiciamiento criminal.

El nuevo texto legal (que tendrán que aprobar Congreso y Senado en tiempo record) supone no solo una reforma puntual de artículos concretos como venía ocurriendo hasta ahora, sino una profunda revolución en el modo de entender la instrucción de las causas penales otorgando la investigación al Ministerio fiscal y dejando al Juez como un Juez de garantías.

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lunes, 25 de julio de 2011

Publicada la reforma del registro civil

Se ha publicado en el BOE de 22 de Julio la la Ley 20/2011, de 21 de julio, de Registro Civil que entrará en vigor a los tres años de su publicación salvo algunas Disposiciones Adicionales y la Ley Orgánica 8/2011, de 21 de julio complementaria de la Ley del Registro Civil por la que se modifica la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.

Podéis consultar los textos legales pinchando sobre los siguientes enlaces:

http://www.boe.es/boe/dias/2011/07/22/pdfs/BOE-A-2011-12628.pdf
http://www.boe.es/boe/dias/2011/07/22/pdfs/BOE-A-2011-12627.pdf

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martes, 12 de julio de 2011

Valoración de la UGT sobre los datos del Paro de junio

Un mes más se produce una disminución de los niveles de desempleo, aunque desde UGT consideramos que es enteramente de carácter estacional y es empleo que previsiblemente (tal y como sucediera el año pasado) terminará destruyéndose de nuevo con la finalización de la temporada estival.

Porque la clave para crear empleo es la recuperación de la actividad económica y las políticas que desde hace un año se llevan a cabo, no solamente en España sino en el resto de países de la Unión Europea, no tienen estos fines.

El único objetivo de la política económica desde mayo del año 2010 es la reducción del déficit público. Desde Bruselas se insiste en que la posibilidad de recuperar las sendas de crecimiento pasa por ajustar las cuentas públicas y cumplir estrictamente con el Pacto de Estabilidad y Crecimiento y los demás nuevos Pactos (por ejemplo, el Pacto por el Euro Plus) que en la misma sintonía se han ido firmando. Pero el problema reside en que si toda la capacidad de política económica se centra en reducir el déficit, recortando gasto público e inversiones que pudieran estimular la actividad económica, precisamente lo que se recorta es la posibilidad de crecimiento económico.

Y sin éste, difícilmente se podrá recuperar la creación de empleo, que a su vez, permita crecer: debemos encontrar el círculo virtuoso del crecimiento, no la espiral de la recaída.

El claro ejemplo de cómo la política económica no está siendo la más acertada es el rumbo que llevan economías de nuestro entorno como Grecia y Portugal, y el peligro que acecha sobre Italia o Bélgica: las exigencias de reducción de déficit público y deuda pública no permiten implementar las políticas de crecimiento económico que precisamente faciliten la reducción de dichos criterios nominales de convergencia con Europa. Es imprescindible la convergencia en términos reales para poder aplicar políticas comunes.

Por tanto, mientras no se estimule la actividad económica no será posible crear empleo de forma sostenida. De ahí la necesidad de modificar nuestra estructura productiva hacia sectores más estables, que permitan crear empleo de forma permanente y no atendiendo exclusivamente a lo que marcan las diferentes temporadas del año.Si no se modifican las políticas públicas, todas las mejoras relativas seguirán obedeciendo a las circunstancias estacionales.

Los datos de contratación muestran cómo la pretensión de romper la elevada temporalidad, manifestada en la reforma laboral impuesta inicialmente hace un año, no se está logrando: la contratación indefinida (la que se pretendía impulsar según la mencionada reforma laboral) ha sido inferior a la que se produjo en el mismo periodo del año anterior, tanto en contratos de jornada completa como de jornada parcial.

Y la que sí aumenta es precisamente la contratación temporal. Esto pone de manifiesto que la reforma laboral no consigue ni crear empleo ni que el empleo sea de calidad. El uso masivo del contrato temporal sigue siendo la pauta que no ha roto la Ley 35/2010 de medidas urgentes para la reforma del mercado de trabajo. Por eso, CCOO y UGT hemos promovido una Iniciativa Legislativa Popular, que se presentó con más de un millón de firmas en el Congreso de los Diputados. El Congreso debería tener en cuenta esta iniciativa y tramitarla para corregir los efectos de la inútil reforma laboral.

Tampoco la reforma financiera ha dado frutos, pues las restricciones al crédito continúan, dificultando la actividad de las empresas y el mantenimiento de la economía familiar.

Por eso UGT insiste en la necesidad de implementar políticas de estímulo a la creación de empleo que prioricen los colectivos que hoy tienen mayores dificultades de inserción: jóvenes, parados de larga duración y mayores, así como continuar con políticas de protección social, ante la alarmante caída de la tasa de cobertura (se están agotando las prestaciones contributivas y las ayudas familiares, en un entorno de baja creación de empleo).

Y el camino para alcanzar esas políticas de estímulo llegará a través de acuerdos sociales y de participación de los agentes en el diseño de las mismas. No a través de reformas inútiles, impuestas y que favorecen aún más la destrucción de empleo y no su creación

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lunes, 11 de julio de 2011

Ley de uso de TIC en la Administración de Justicia

Se ha publicado finalmente en el BOE la ley reguladora del uso de nuevas tecnologías en la Administración de Justicia


Dicha norma trata de implantar la administración electrónica en nuestro ámbito ya que se entendia que la norma general aprobada para el resto de Administraciones públicas no podía aplicarse correctamente en Justicia debido a la especialidad de los asuntos que tramitamos, por lo que el gobierno ha tramitado esta ley específica que ahora entra en vigor y cuyo principal objetivo es lograr la digitalización de la justicia y la completa interoperatibidad de los sistemas informáticos en todo el territorio estatal.


Lamentablemente, aunque las intenciones puedan ser buenas, se comete nuevamente el mismo error de siempre al intentar cambiar la realidad cambiando una ley, pero sin dotarla ni de medios económicos suficientes ni de un programa para el cambio que clarifique tareas y establezca protocolos para favorecer el cambio.



A continuación os resumimos los ASPECTOS MÁS DESTACADOS DE LA LEY 18/2011, DE 5 DE JULIO, REGULADORA DEL USO DE LAS TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LA COMUNICACIÓN EN LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA



La Ley 18/2011, de 5 de julio, publicada en el BOE de 6 de julio de 2011, reguladora del uso de las tecnologías de la información y la comunicación en la Administración de Justicia, reconoce el derecho de los ciudadanos a utilizar las tecnologías de la información en sus relaciones con la Administración de Justicia, además agiliza la tramitación de los procedimientos y elimina muchas de las cargas que para la ciudadanía tiene el acceso al sistema de justicia.


Así, los puntos a destacar de esta norma son:


OBJETIVOS.


• Regular la utilización de las tecnologías de la información por parte de los ciudadanos y profesionales en sus relaciones con la Administración de Justicia y en las relaciones de esta última con el resto de Administraciones y organismos públicos.


• Agilizar la tramitación de los procedimientos.


• Eliminar muchas de las cargas que tiene el acceso al sistema de justicia.


• Facilitar la relación de los ciudadanos y los profesionales con la Administración de Justicia.


MEDIDAS.


1. Se reconocen una serie de derechos de los ciudadanos en sus relaciones con la Administración de Justicia. Así, por ejemplo, tendrán derecho a:


• Elegir el uso de las tecnologías de la información en sus relaciones.


• Conocer por medios electrónicos el estado de tramitación de los procedimientos en los que sean parte procesal legítima.


• Obtener copias electrónicas de los documentos electrónicos que formen parte de procedimientos en los que tengan la condición de parte o acrediten interés legítimo.


• Utilizar los sistemas de identificación y firma electrónica del Documento Nacional de Identidad o cualquier otro reconocido para cualquier trámite electrónico con la Administración de Justicia.


• La garantía de seguridad y confidencialidad de los datos que figuren en los ficheros, sistemas y aplicaciones de la Administración de Justicia.


Para todo ello, la Administración, deberá dotarles de los medios oportunos para la prestación de los servicios electrónicos.


2. En cuanto a los profesionales de la justicia, también se les reconocen una serie de derechos y de deberes, destacando el deber de utilizar los medios electrónicos, las aplicaciones establecidas por las Administraciones competentes, respetando siempre las garantías y requisitos previstos en el procedimiento que se trate.


Con todo, se pretende una tramitación integramente electrónica de los expedientes judiciales, lo cual, redundará en una mayor eficacia y agilidad de los procesos.


3. Régimen jurídico de la Administración judicial electrónica: Se regula la «Sede judicial electrónica», siendo aquella dirección electrónica disponible para los ciudadanos a través de redes de telecomunicaciones cuya titularidad, gestión y administración corresponde a cada una de las Administraciones competentes en materia de justicia.


Se podrán crear una o varias sedes judiciales electrónicas derivadas de una sede judicial, siendo las sedes derivadas o subsedes, plenamente accesibles desde la dirección electrónica de la sede principal. Se realizarán a través de estas, todas las actuaciones, procedimientos y servicios que requieran la autenticación de la Administración de Justicia o de los ciudadanos y profesionales por medios electrónicos.


El Ministerio de Justicia creará y gestionará un punto de acceso general de la Administración de Justicia, para asegurar así, la completa y exacta incorporación de la información y accesos publicados en éste.


Se regula la firma electrónica, para autentificar los documentos que integran los diversos expedientes judiciales. Cada Administración competente facilitará a cada una de las oficinas judiciales del ámbito de su competencia los siguientes sistemas de firma electrónica:


• Sello electrónico de la oficina judicial.


• Código seguro de verificación vinculado a cada oficina judicial.


4. En cuanto a la tramitación electrónica de los procedimientos judiciales, se regula el expediente judicial electrónico, como conjunto de documentos electrónicos correspondientes a un procedimiento judicial. Se asignará un número de identificación general a aquellos documentos que puedan generar un nuevo procedimiento, que será único e inalterable a lo largo de todo el proceso. En lo que respecta al expediente la disposición regula detalles relativos al registro de escritos, comunicaciones y notificaciones electónicas. La tramitación electrónica, agiliza los trámites, racionaliza la distribución de cargas de trabajo y permite introducir indicadores de gestión.


Para almacenar todos los datos tramitados, se prevee el Registro judicial electrónico, así las Administraciones competentes dotarán a las oficinas judiciales con funciones de registro de los medios electrónicos adecuados para la recepción y registro de escritos y documentos, traslado de copias, realización de actos de comunicación y expedición de resguardos electrónicos a través de medios de transmisión seguros, entre los que incluirán los sistemas de firma y sellado de tiempo electrónicos reconocidos.


5. Por último, se regula el tema de la cooperación entre las Administraciones con competencias en materia de Justicia, regulando legalmente el Esquema Judicial de Interoperabilidad y Seguridad, el cual comprenderá un conjunto de criterios y recomendaciones en materia de seguridad, conservación, normalización y volcado de datos de la información, de los formatos y de las aplicaciones que deberán ser tenidos en cuenta por las distintas instituciones y Administraciones competentes para la toma de decisiones tecnológicas que aseguren la interoperabilidad. Así, comprenderá igualmente, la política de seguridad en la utilización de medios electrónicos en el ámbito de la presente Ley y el establecimiento de los principios básicos y requisitos mínimos que permitan una protección adecuada de la información.


Para su gestión se crea el Comité Técnico Estatal de la Administración Judicial Electrónica, integrado por representantes del Ministerio de Justicia, Comunidades Autónomas transferidas, Consejo General del Poder Judicial y Fiscalía General del Estado.


6. Para el establecimiento en las oficinas judiciales y fiscalías, de los medios e instrumentos necesarios para la efectiva implantación de estas tecnologías, se marcan los siguientes plazos:


• En el plazo de cuatro años desde la entrada en vigor de la presente Ley, las Administraciones con competencia en materia de Administración de Justicia garantizarán la interoperabilidad entre los sistemas al servicio de la Administración de Justicia.


• En el plazo de cinco años desde la entrada en vigor de esta Ley, las Administraciones con competencia en materia de Administración de Justicia dotarán a las oficinas judiciales y fiscalías de sistemas de gestión procesal que permitan la tramitación electrónica de los procedimientos.


RÉGIMEN TRANSITORIO.


Coexistencia de procedimientos: Durante el tiempo en que coexistan procedimientos tramitados en soporte papel con procedimientos tramitados exclusivamente en formato electrónico, los servicios electrónicos de información del estado de la tramitación a que se refiere la presente Ley incluirán, respecto a los primeros, al menos la fase en la que se encuentra el procedimiento y el órgano o unidad responsable de su tramitación.


Los registros electrónicos existentes a la entrada en vigor de la Ley serán considerados registros judiciales electrónicos.


Expediente electrónico con valor de copia simple: Si el estado de la técnica no hiciera posible remitir el expediente administrativo electrónico con los requisitos establecidos en su normativa específica, de conformidad con lo señalado en el apartado 4 del artículo 37 de esta Ley, dicho expediente tendrá el valor de copia simple. Será admisible la remisión del expediente en formato papel si las condiciones técnicas no permitiesen su remisión telemática.


ENTRADA EN VIGOR.


El día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».



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Reunión subcomisión delegada de Justicia

El pasado 7 de julio se reunió la subcomisión delegada de la Administración de Justicia para el ámbito del personal laboral.

A dicha reunión hemos asistido los representantes de UGT, y de lo resultado pasamos a daros la presente información, el Orden del Día, fue:

PRODUCTIVIDAD: Como todos sabéis este es un tema del cual venimos hablando reunión tras reunión, sin encontrar una solución definitiva a la percepción de las cuantías acordadas de una forma regular y clara.

Como todos sabéis se dictaron unas instrucciones por parte de la Administración que fue trasmitida por las Gerencia a los Órganos Judiciales, en las cual se pedía una certificación del responsable del Órgano de una series de horas a Justificar para poder cobrar esta productividad.

No todos los responsables de los órganos Judiciales, han sido receptivos a estas instrucciones poniendo la mayoría de ellos dificultades o negativas a extender esa Certificación, y en consecuencia no poder cobrar esta “PRODUCTIVIDAD”.

Por parte de las OO. SS., se ha expuesto esta situación en la reunión de la Subcomisión, expresándose por UGT de la necesidad de buscar una solución a esta situación.

La administración nos manifiesta que hasta el momento se han recibido unas 150 peticiones (Entre certificaciones y Declaraciones Juradas de los Trabajadores), que supone un importe de 4.788 €, las cuales percibirán probablemente el importe en la nomina del mes de Julio o Agosto, comprometiéndose así mismo al abono a todos los trabajadores que le corresponda, se halla o no solicitado la productividad, teniendo preferencia aquellos que lo soliciten o que se les certifique.

UGT insiste que si el documento de horas certificadas no está firmada por los responsables de los órganos judiciales, se abonen con una simple petición del trabajador, aceptando la administración que se atenderán las peticiones de los trabajadores sin que sea por medio de una Declaración Jurada.

En este sentido confeccionaremos desde UGT un modelo que sirva para todas las categorías, el cual os haremos llegar.

CALENDARIO LABORAL: Por parte de la Administración se hace entrega del Calendario Laboral, con las modificaciones que se plantearon en la reunión del mes de abril.

En referencia a la petición de UGT de que se añada un día más de asuntos propios por caer el día 1 de enero en sábado, el Ministerio oficiara a las Gerencias para que así se haga, igualmente se solicito que este Calendario estuviese expuesto en todos los centros de trabajo donde exista Personal Laboral, incluido los Juzgados de Paz, esta se compromete a trasmitirlo a las Gerencias.

En el Calendario se incluye la reducción de jornada de 5 días igual a la que tienen los funcionarios por fiestas locales.

OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO: La oferta de empleo público de los años 2008-2010, solo asciende a 20 plazas, algo no solo ridículo, sino que además no cubre las necesidades de cobertura de los puestos de trabajo, como en las reuniones anteriores las OO.SS., volvimos a expresar la necesidad de sacar una OEP, que abarque a todas las plazas que no están cubiertas por Personal Fijo, estén o no cubiertas por contratados o interinos, garantizando estabilidad en el empleo y reduciendo las tasas de temporalidad a lo meramente necesario.

Dicha OEP, se publicaran el BOE del día 12 de Julio, según la Administración.

ADCRIPCION TEMPORAL: Por parte de la Administración se plantea la situación de una petición de adscripción temporal de una trabajadora que en la reunión de fecha 26 de octubre de 2010, no se tomo en cuenta ya que al ser de la Comunidad Autónoma de Murcia y estando esta Comunidad a punto de transferirse (Primeros de año 2011) no era posible iniciar los trámites para su adscripción temporal, pidiendo que se tome en consideración en esta reunión, ya que tenia las autorizaciones necesarias para ello. Planteándonos a las OO.SS. que pensamos de esta situación y si estaríamos a favor de su aprobación.

CC.OO. está a favor de que se apruebe esta adscripción temporal.

UGT, expone que en esa misma reunión existían peticiones de otros trabajadores en las mismas condiciones y además se iniciaría el procedimiento para que al amparo del art. 32.4 del III Convenio todos los trabajadores que lo desearan pudieran solicitar adscripción temporal a aquellas plazas vacantes (que no estuviesen cubiertas por fijo o temporal) hasta el 30 de Noviembre. (Acta 59 de al Subcomisión)

Situación esta que cambio en la siguiente reunión de fecha 13 de abril de 2011, donde la administración no da el informe favorable a las adscripciones temporales por no poder contratarse personal para cubrir las plazas en sustitución de los trabajadores que se les conceda una adscripción temporal.

UGT, está a favor de que se concedan todas las peticiones que existían en su momento y que se trate a todos los trabajadores de igual forma, y no en función de quien haga la petición o la apoye, estando de acuerdo con esta postura la CSIF.

PERMUTAS: Existe la solicitud de Permuta entre dos trabajadoras de la localidad de Valladolid, una con destino en la Audiencia Provincial y otra en el Decanato, por parte de las OO. SS., se acepta esta petición, quedando la administración pendiente de su trámite.


MOVILIDAD ART. 64.1: En primer lugar referenciaros que esta movilidad viene motivada por la disminución de la capacidad del trabajador para el desempeño de su actividad profesional.

En este sentido la Administración comunica la petición de dos trabajadores de movilidad a tenor de dicho art. (Uno de Guadalajara (Jefe de Mantenimiento)) y otra de Cáceres (Limpiadora)), en el primer caso se encuentra en proceso de valoración por parte de los equipos médicos, acordándose que una vez valorada medicamente al trabajador y si reúne las condiciones medica se conceda la solicitud cursada y el segundo caso, dado que la trabajadora en la actualidad se encuentra de IT, no se puede iniciar los trámites para la evaluación, en consecuencia se queda pendiente hasta tanto cese en su situación de IT.

REASIGNACION DE COMPLEMENTOS: Como bien sabéis existen muchas peticiones de Complementos A-2 y A-3 a la Subcomisión, siendo estos denegados una y otra vez por parte de la Administración, reiterando las OO.SS., la necesidad de dotas de estos complementos a aquellos puestos de trabajo que no lo tiene, máxime cuando existen entre las mismas categorías puestos que si lo tienen y puesto que no.

Por parte de la administración se propone, que aquellos puestos de trabajo que tienen un complemento y no están ocupados, estos sean reasignados en aquellos que no disponen de ello.

Aunque no parece un parche y que no soluciona el problema existente entendemos también que es inútil que esos complementos se pierdan en puestos no ocupados y que no sabemos cuándo se ocuparan, por lo que no vemos mal esta postura.

Se pide por parte de la Administración que se marque los criterios para la reasignación, UGT propone que:

Dentro de la misma Categoría, se asignen a los puestos de trabajo que más antigüedad tengan en la Administración de Justicia, y en caso de empate se mantenga la territorialidad

Quedando al final esta propuesta aceptada, con unas matizaciones, que se de preferencia a aquellos puestos que no cobren algún tipo de complemento y en caso de mantenerse el empate la antigüedad en la administración.

Hasta aquí el Orden del Día, pasando a plantearse cuestiones que estaban pendientes de reuniones anteriores,

La Admón., nos comunica que todos los aumentos de jornada solicitados, se han concedido con fecha 1 de Julio, por lo que desde esa fecha son efectivas.

Por parte de CSIF, se plantea la representatividad de las OO.SS., después del proceso electoral pasado, planteando una nueva distribución, por parte de la administración y de CC.OO. y UGT se le plantea que esta situación debe ser resuelta por la CIVEA que es quien delega y no por esta Subcomisión.

UGT planta distintas preguntas que viene realizando desde reuniones anteriores, a fin de ver cómo está la situación:

En la reunión de Abril/2011 se acordó remitir a la Comisión de Análisis de la Profesionalidad la realización de un estudio sobre posible clasificación en el grupo 3 a los Oficiales de Actividades Especificas, ¿Se ha remitido dicho estudio? La Admón. contesta que SI

En esa misma fecha por parte de UGT se entrego a la Admón. un documento en referencia al anteproyecto de funcionamiento de los Peritos Judiciales, a fin de que se nos informe al respecto, ¿Sabe la Admón., algo al respecto?, de momento se encuentra en la misma situación anterior, nada de nada.
Se entrega otra vez copia del documento, tanto a la Admón., como a cada sindicato.

UGT vuelve a solicitar la identificación de todo el personal laboral, especificando la categoría en algunos casos como peritos, psicólogos, educadores, la administración dice que la identificación la expide previa petición al Ministerio por el trabajador, aportando una fotografía.

UGT vuelve a reiterar la necesidad de incluir al personal laboral en el Portal del Empleado Público, en las mismas condiciones que los funcionarios y demás laborales de otros ministerios, eliminando así la discriminación en la que nos encontramos los laborales de justicia.

Como en reuniones anteriores se nos comenta que se está trabajando en ello y no pueden precisar cuánto tardaran en poder incluirnos.

UGT vuelve a reiterar la necesidad de saber de una vez por todas la situación del Personal Laboral en la NOJ, exigiendo a su vez que todas las modificaciones que se realicen en los puestos de trabajo y que afecten al personal laboral estas se comuniquen a los representantes legales y sindicales de los trabajadores, para así cumplir lo dispuesto en el Convenio Colectivo y evitar posibles repercusiones para el trabajador o la administración.

Por último y ante la situación que se están encontrando los Peritos y los Traductores con las comisiones de servicio y la premura con la que se le piden los servicios a prestar, UGT solicita de la administración que se busque formulas que aceleren la concesión de la comisiones de servicio o se habilite otro sistema.

La administración contesta que en cuanto llega la petición por fax, realiza la Comisión de Servicio, de todas formas aunque no esté la comisión de servicio por escrito el trabajador se encuentra en todo momento cubierto por encontrarse en acto de servicio cuando lo solicita el juzgado.



Seguiremos Informando.

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sábado, 9 de julio de 2011

Reforma subastas hipotecarias

Se ha publicado el Real Decreto-ley 8/2011, de 1 de julio, de medidas de apoyo a los deudores hipotecarios, de control del gasto público y cancelación de deudas con empresas y autónomos contraídas por las entidades locales, de fomento de la actividad empresarial e impulso de la rehabilitación y de simplificación administrativa.

El mismo, además de modificar en su artículo 1 las cuantías inembargables en atención a lo dispuesto en el artículo 607 de la LEC, modifica en su artículo segundo los artículos 669, 670 y 671 de la LEC.

Artículo 1. Inembargabilidad de ingresos mínimos familiares.
En el caso de que, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 129 de la Ley Hipotecaria, el precio obtenido por la venta de la vivienda habitual hipotecada sea insuficiente para cubrir el crédito garantizado, en la ejecución forzosa posterior basada en la misma deuda, la cantidad inembargable establecida en el artículo 607.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil se incrementará en un 50 por ciento y además en otro 30 por ciento del salario mínimo interprofesional por cada miembro del núcleo familiar que no disponga de ingresos propios regulares, salario o pensión superiores al salario mínimo interprofesional. A estos efectos, se entiende por núcleo familiar, el cónyuge o pareja de hecho, los ascendientes y descendientes de primer grado que convivan con el ejecutado.


Los salarios, sueldos, jornales, retribuciones o pensiones que sean superiores al salario mínimo interprofesional y, en su caso, a las cuantías que resulten de aplicar la regla para la protección del núcleo familiar prevista en el apartado anterior, se embargarán conforme a la escala prevista en el artículo 607.2 de la misma ley.



Artículo 2. Modificación de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil.
Uno. El apartado 1 del artículo 669 queda modificado como sigue:

«1. Para tomar parte en la subasta los postores deberán depositar, previamente, el 20 por ciento del valor que se haya dado a los bienes con arreglo a lo establecido en el artículo 666 de esta Ley. El depósito se efectuará conforme a lo dispuesto en el número 3.º del apartado 1 del artículo 647.»


Dos. El segundo párrafo del apartado 4 del artículo 670 queda redactado como sigue:
«Transcurrido el indicado plazo sin que el ejecutado realice lo previsto en el párrafo anterior, el ejecutante podrá, en el plazo de cinco días, pedir la adjudicación del inmueble por el 70 % de dicho valor o por la cantidad que se le deba por todos los conceptos, siempre que esta cantidad sea superior al sesenta por ciento de su valor de tasación y a la mejor postura.»


Tres. El artículo 671 queda modificado como sigue:
«Si en el acto de la subasta no hubiere ningún postor, podrá el acreedor pedir la adjudicación de los bienes por cantidad igual o superior al sesenta por ciento de su valor de tasación.

Cuando el acreedor, en el plazo de veinte días, no hiciere uso de esa facultad, el Secretario judicial procederá al alzamiento del embargo, a instancia del ejecutado.»

El mismo entrará en vigor el día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», a excepción de lo dispuesto en el artículo 21, en relación con la inspección técnica de edificios, que entrará en vigor al año de su publicación.

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lunes, 20 de junio de 2011

Rectificación plazas del concurso 2011

En el BOE de hoy se ha publicado una nueva rectificación de las plazas ofertadas en concurso de traslado 2011.

En Baleares afecta al jzdo de instrucción num. 5 de Palma (cuya plaza ofertada se entiende ofertada solo a resultas) y al juzgado de primera instancia num. 24 (en el que se ofrece una plaza más de las inicialmente previstas).

Estas rectificación no serán las últimas ya que en el Ministerio se está dando tramite a nuevas rectificaciones que afectan a baleares.

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domingo, 19 de junio de 2011

Concentración contra los recortes




Los gobiernos europeos debatirán en el Parlamento de Bruselas el próximo 22 y 23 de junio el Plan de gobernanza económica y el Pacto por el euro. Son reformas de gran calado que implicarán nuevos recortes laborales, sociales y económicos. De nuevo, se establecerán pautas para adoptar políticas que interesan al sistema financiero y bancario y perjudicarán a los ciudadanos.




El 21 de junio se celebrará una euromanifestación en Luxemburgo para protestar contra estos planes. En España y Baleares la jornada de acción será el miércoles 22 de junio.


Tu puedes alzar la voz y protestar.


Participa en la concentración que convocan UGT y CCOO frente a la delegación de gobierno en Palma a las 11:00 horas.

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viernes, 17 de junio de 2011

Mesa de negociación

El Ministerio de Justicia nos ha convocado nuevamente en Mesa de Negociación para el día 27 de junio de 2011 a las 10 horas en la que entre otros puntos se tratarán los siguientes:

Jornada y horarios.
Nuevo régimen de sustituciones de Secretarios Judiciales y modificación de su Reglamento Orgánico
Información sobre las leyes del Registro Civil, Tribunales de Instancia e información sobre la situación actual de implantación de la NOJ

La mesa es especialmente importante ya que llevamos semanas exigiendo al Ministerio la negociciación de nuestra jornada y horarios.
Recordemos que la norma anterior de 2005 sobre el horario fue anulada por el tribunal supremo por lo que no puede aplicarse (incluida la regulación de jornada reducida en verano también derogada)

Os mantendremos puntualmente informados del resultado

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jueves, 16 de junio de 2011

Protocolo de actuación frente al acoso laboral

Pincha sobre la imagen para ampliar su contenido:



Un millón de firmas para revertir la reforma laboral

UGT y CCOO han entregado hoy más de 1 millón de firmas (el doble de las necesarias) recogidas para la tramitación de la Iniciativa Legislativa Popular (ILP) “Por el empleo estable y con derechos”, con el fin de que el Congreso revierta la reforma laboral aprobada hace un año.


El pasado mes de marzo se inició el proceso de recogida de firmas contra una reforma laboral que se ha demostrado inútil y lesiva para los derechos de los trabajadores, que ha aumentado la contratación temporal, ha reducido la contratación indefinida, y no ha conseguido generar un clima a favor de la recuperación económica y el empleo.

Se trata, en definitiva, de una segunda oportunidad que la ciudadanía de nuestro país ofrece a las Cortes para que enmiende el error mayúsculo que supuso la aprobación de esta reforma y con la que las organizaciones sindicales pretenden mejorar la calidad del empleo y enviar un mensaje de confianza a la sociedad española para que aumente su capacidad de lucha contra la crisis y contra el desempleo, algo en lo que la reforma laboral ha fracasado estrepitosamente.

La ILP es un instrumento de participación política de la población en la actividad legislativa del Estado regulado por la Constitución Española.

UGT sigue y seguirá luchando con todos los medios a nuestro alcance para revertir los ataques y recortes impuestos por los gobiernos central y autonómicos.

Hay que seguir plantando cara, no hay que parar.

UGT GANA NUEVAMENTE UN RECURSO AL MINISTERIO DE JUSTICIA

Nos complace comunicaros que los Servicios Jurídicos de UGT en Cataluña han conseguido la estimación del recurso contencioso-administrativo nº 1067/2009 seguido en la Sala Séptima del TSJ de Madrid, contra una resolución de la Subdirección General de Medios Personales de la Administración de Justicia del año 2009 que denegaba a una compañera, destinada en Girona, el reconocimiento del tiempo de servicios previos a efectos de trienios.

En fecha 20 de mayo de 2011 se ha dictado sentencia por la que se estima nuestro recurso y declara el derecho de la compañera a percibir el abono de trienios con los intereses legales correspondientes.

UGT una vez más al servicio y a disposición de nuestros afiliados/as ha conseguido el reconocimiento de los derechos laborales y legales que nos corresponden.

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martes, 14 de junio de 2011

El TC avala los recortes

La FSP-UGT hará un llamamiento a los sindicatos presentes en las Administraciones Públicas para elaborar una estrategia común, exprimirá al máximo las posibilidades judiciales y sindicales y no descarta acudir al Tribunal de Estrasburgo.

El Tribunal Constitucional (TC) ha rechazado admitir a trámite, en su auto dictado el pasado 7 de junio, la primera cuestión de inconstitucionalidad planteada por la Audiencia Nacional, con fecha del 28 octubre de 2010, por considerarla infundada.

A la espera de analizar en profundidad el contenido del Auto, la FSP-UGT ha mostrado su más absoluto rechazo al mismo, por la forma y, por supuesto, por los contenidos.

La FSP-UGT ha anunciado que mantendrá su posición y hará un llamamiento a los sindicatos presentes en las Administraciones Públicas para elaborar una estrategia común para afrontar la negativa situación originada por el Auto del TC. Todo ello, sin perjuicio de que, complementariamente, se analizarán con la calma que precisa la situación con los servicios jurídicos y exprimirán al máximo las posibilidades judiciales y sindicales con las que aún cuentan, acudiendo, si fuera preciso, al Tribunal de Justicia de la Unión Europea de Estrasburgo.

En opinión del sindicato, una vez más el TC se ha lavado las manos y, mediante una decisión más político-económica que jurídica, decide mediante Auto -evitando así tener que fundamentar una sentencia-, de manera precipitada y superficial, avalar una medida que afectó, afecta y va a continuar afectando, a más dos millones de empleados públicos, así como al derecho fundamental de la Libertad Sindical. Con respecto a los contenidos del Auto, que se han hecho públicos hoy, la FSP-UGT manifiesta su disconformidad con todos los argumentos esgrimidos por el alto Tribunal, pues sus afirmaciones ponen en cuestión, peligrosamente, el valor de la negociación colectiva, en cuanto a sus efectos y consecuencias, y la autonomía de la voluntad de las partes, cuestiones ambas refrendadas constitucionalmente.

En este sentido, supeditar todo, incluido el legítimo desarrollo de un derecho fundamental, a meros criterios económicos, financieros y contables, pone en entredicho el Estado Social y su incidencia sobre la necesaria democratización de las relaciones laborales

viernes, 10 de junio de 2011

Gracias por vuestro apoyo



Resultado de las elecciones sindicales en Baleares

Tras las elecciones sindicales en la Administración de Justicia de Baleares ganadas por CSIF, la UGT sube de la quinta a la segunda posición

Mientras tres de los sindicatos de las islas pierden confianza entre los funcionarios y tienen menos votos que en las elecciones del 2007, UGT sube en el nivel de confianza entre los funcionarios judiciales de las islas obteniendo el voto de 64 compañeros más que en las pasadas elecciones.

Redoblaremos esfuerzos para ser justos portadores de la confianza mostrada y trabajaremos para que esta siga aumentando. Gracias por tu apoyo en forma de voto.


lunes, 6 de junio de 2011


SIN TU APOYO EN FORMA DE VOTO EN LAS


ELECCIONES SINDICALES DEL 9 DE JUNIO ESTE


BLOG NO PODRA SEGUIR EXISTIENDO




SI QUIERES QUE SIGAMOS

EL DÍA 9 VOTA UGT



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jueves, 2 de junio de 2011

Plan de igualdad en Función Pública

Resolución de 20 de mayo de 2011, de la Secretaría de Estado para la Función Pública, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 28 de enero de 2011, por el que se aprueba el I Plan de Igualdad entre mujeres y hombres en la Administración General del Estado y en sus Organismos Públicos. Ver

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lunes, 23 de mayo de 2011

Plazos concurso de traslado

La convocatoria del concurso de traslado establece un plazo de 10 días naturales para solicitar el cambio de destino, si bien os recordamos que hace semanas el Ministerio remitió a los sindicatos representativos el siguiente correo:

"El plazo para presentación de instancias en el concurso de traslados de fecha 28-4-2011, para los Cuerpos de Gestión, Tramitación y Auxilio, cuya fecha de publicación está prevista para el día 20-5-2011, finalizará el día 1-6-2011 inclusive, dado que el día 30-5-2011 es fiesta en la Comunidad Autónoma de Canarias y el día 31-5-2011 en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, por lo que, según el art. 48.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se considerarán inhábiles en todo caso."
EL JEFE DE AREA DE PERSONAL

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miércoles, 18 de mayo de 2011

El Supremo anula la regulación del horario

lunes, 16 de mayo de 2011

Secretarios sustitutos

El Ministerio ha informado de que el 19 de Mayo se publicarán en el BOE las listas de secretarios sustitutos.

Para más informaciónn contactar con vuestra sección sindical de la UGT.

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Llevamos al Ministerio ante los tribunales

jueves, 12 de mayo de 2011

Ni olvidamos ni perdonamos ¿y tu?

miércoles, 11 de mayo de 2011

In memoriam de las víctimas de Lorca

Solidaridad contra el atentado a la FSP-UGT Coruña

Al final tenía que pasar. Tantos insultos gratuitos, tantas acusaciones demagógicas infundadas e incendiarias han acabado por pasar de las palabras a los hechos provocando un atentado contra un sindicalista de la UGT en Coruña.

Cada día queda más claro que en estos tiempos de represión y recortes que corren, más de uno trata de quitar del medio a los sindicatos de clase porque molestamos, porque es más facil para el empresario y la administración tratar de desunirnos y aislar al trabajador.

Así ha sido siempre, y por desgracia así sigue siendo, pero antes como ahora, este tipo de atentados no hacen más que aumentar nuestra solidaridad y nuestro compromiso en la defensa de nuestros derechos como trabajadores, ya seamos funcionarios, mineros o camareros.

No hay que ceder.

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Auto ganado por UGT logra que abuela disfrute de permiso de maternidad

La Federación de Servicios de UGT Aragón, a través de los Servicios Jurídicos del sindicato ha hecho efectivo el reconocimiento del periodo de descanso por maternidad de 16 semanas, de una abuela que cuida a su nieta bajo tutela judicial tras fallecer su hija.

El Estatuto de Los Trabajadores en su articulado (RDL 1/1995, de 24 de marzo) reconoce como situación protegida a efectos de descanso por maternidad, la adopción o acogimiento, preadoptivo, permanente o simple, siempre que su duración no sea inferior a un año. (artículo 45.d)

Esta regulación deja al margen la figura de la tutela judicial. En ello se basaron los servicios jurídicos de la empresa, para negarle el derecho al disfrute del descanso de 16 semanas a esta trabajadora que asumió la tutela de su nieta, al fallecer su hija. Este derecho no ha sido hasta ahora ejercitado en Aragón.

El RD 295/2009 de 6 de marzo, reconoce expresamente en su artículo 2.1 como situación protegida, equiparable jurídicamente a la adopción y el acogimiento preadoptivo, la tutela sobre menor por designación de persona física, cuando el tutor sea un familiar que, de acuerdo con la legislación civil, no pueda adoptarlo.

El disfrute del descanso se inicia a partir de la fecha de la resolución judicial por la que se constituye la tutela.

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martes, 10 de mayo de 2011

Sobre el concurso de traslados

Os transcribimos comunicación literal remitida por el Ministerio en relación al concurso de traslados:

El plazo para presentación de instancias en el concurso de traslados de fecha 28-4-2011, para los Cuerpos de Gestión, Tramitación y Auxilio, cuya fecha de publicación está prevista para el día 20-5-2011, finalizará el día 1-6-2011 inclusive, dado que el día 30-5-2011 es fiesta en la Comunidad Autónoma de Canarias y el día 31-5-2011 en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, por lo que, según el art. 48.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se considerarán inhábiles en todo caso"

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Impugnacion alta medica por IT

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Nuevo Lexnet

El Ministerio de Justicia ha lanzado hoy en Melilla la version 3.0 de Lexnet, el sistema seguro de intercambio de documentos que
permite la comunicacion bidireccional de los organos judiciales con los distintos operadores juridicos.

El aplicativo, que estara plenamente implantado a finales de junio en las Comunidades Autonomas usuarias de Lexnet,
renueva su interfaz e incorpora nuevas funcionalidades y servicios, gracias a una tecnologia preparada para afrontar el previsible crecimiento que se espera
del uso de la herramienta.

A tal efecto, el Ministerio prepara ya un nuevo desarrollo que estara listo el proximo mes de noviembre.

La implantacion de la version 3.0 se llevara a cabo a lo largo de los meses de
mayo y junio en las siguientes fases:
. Fase I (9 de mayo): Melilla
. Fase II: Castilla La Mancha, Extremadura y Andalucia
. Fase III: Islas Baleares, La Rioja, Galicia, Valencia, Ceuta y Aragon
Fase IV: Organos centrales, Murcia, Cataluna y Castilla y Leon


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viernes, 6 de mayo de 2011

CONTRA LOS RECORTES Y LA PRIVATIZACIÓN



























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jueves, 5 de mayo de 2011

Plazas que saldran en el concurso para Baleares

El Ministerio ha hecho publicas las plazas que se ofertaran en el proximo concurso de traslado a publicar a finales de mayo.

En Baleares se ofertarán las siguientes plazas:



































martes, 3 de mayo de 2011

Sobre las nuevas bolsas de interinos

En relación a la apertura de las nuevas bolsas de interinos de baleares, la Gerencia nos ha informado de lo siguiente:

De las más de siete mil instancias tienen ya baremadas aproximada unas mil (no han concretado ni el número exacto de instancias ni de las baremadas)
Preguntada si la apertura de nuevas bolsas se iria a finales de año, nos ha comunicado que están trabajando para sacar las bolsas nuevas antes del parón del verano (saldrían sobre junio/julio).
Nos ha informado de que quieren evitar el retraso sufrido en la última baremación y han puesto a baremar a todo el personal de la sección de habilitación y personal de la gerencia.

Insistimos nuevamente en preguntar si realmente se veian capaces de baremar todas esas instancias antes de este verano y reiteraron que estan trabajando para hacerlo si bien no existe una fecha real y definitiva.

En cuanto existan más novedades os las haremos llegar

domingo, 1 de mayo de 2011

Canarias prepara su Oficina Judicial

El Consejo de Gobierno canario, ha aprobado el Decreto regulador de la estructura orgánica y planificación de la Oficina Judicial en la Comunidad Autónoma de Canarias. Con él se da un paso decisivo hacia un nuevo modelo de organización del sistema judicial.

Esta propuesta, presentada por el Consejero de Presidencia, Justicia y Seguridad, José Miguel Ruano, establece y define la estructura y organización de la Oficina judicial en la Comunidad Autónoma de Canarias, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica del Poder Judicial, atribuyéndose al titular del Departamento competente en materia de Justicia, la aprobación de las correspondientes órdenes de creación, puesta en funcionamiento y definición de la organización concreta a la que se sujetará cada una de las Oficinas Judiciales, como será el caso del modelo que se implante en Arrecife y Arona, una vez validados por la Comisión de Participación (creada por el Gobierno de Canarias para el asesoramiento en el impulso, la programación, la coordinación y el seguimiento de los trabajos necesarios para el diseño, creación, organización e implantación de la nueva Oficina Judicial

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